miércoles, 24 de septiembre de 2008

ya(sí).com, ya(no).com

Antes de ayer se me rompió algo por dentro...concretamente un DataCenter...y es que, a falta de tres días para terminar por fin la carrera, cuando más falta me hacía, va y aparece Murphy...yuju, yupiiii...

Lo que más me jodió fue pasarme de las 3 a las 5 de la mañana (nadie ha dicho que duerma de día, pero podría ser más que probable) llamando al único número de servicio técnico del ISP de ya.com y que metódicamente me fuera colgado el teléfono...a la mañana siguiente, a eso de las 8 (nadie ha dicho que no necesite dormir, pero parece que el café surte efecto) decían que el servicio técnico se iniciaba a las 9...arggh....y sin internet para saber que pasa todo se vuelve recursivo. Y a las 9 pusieron un mensajito diciendo que "mi zona" (ole ese ciudadano español) estaba afectada por una incidencia (acarajotada perdida)...

Pero gracias a un amigo pude recuperar la calma , que me dejó aposentarme cerca de su santa persona (amén) en su lugar de trabajo. Me dió la vida, sobre todo cuando pensaba pasarme los dos días siguientes mendigando conexión.

Pero ya.com volvió (vaya que marca.com se les querellara) y aquí estoy (oleoleole) escribiendo desde casa.

Danke fergu

sábado, 20 de septiembre de 2008

Emilio Aragón vs . Paolo Vasile

Y con esto sólo va otra más de las fechorías de Telecinco. Youtube, google y la sexta, son sólo algunos ejemplos de lo que le pasa a Telecinco y a su manía persecutoria (alias "el scattergories es mío y me lo llevo").

Pero antes debería explicarme, de acuerdo con El País el juzgado mercantil nº1 de Barcelona acaba de de prohibir a la Sexta emitir imágenes de Telecinco. Se trata de un fallo definitivo al parecer, como también lo será la indemnización que al parecer le seguirá.

Y es que Telecinco alega que el 20% de sé lo que hicisteis, entre otros programas, es de Telecinco...ante eso sólo cabe decir tres cosas:

  • No hay tantas cadenas en España, desgraciadamente el 20% es lo que les toca de casi todo (aunque se merezcan menos).
  • Si hicieran televisión de calidad (MEV salve a Camera Café, que debe de sentirse como un empollón en un colegio del Polígono -en todas partes hay un Polígono-) no pasaría esto.
  • Anoche justamente estaban retransmitiendo en Telecinco su programa fijo de zapping, El coleccionista de imágenes...¿y para eso tienen ellos autorización?¿De todos?

En cuestión de meses podemos ver como al propiedad intelectual llega a televisión, como una SGAE que nos quite nuestros derechos; derecho a reirnos de los demás, por ejemplo, derecho a saber.

Y como telecinco siga tocando los cojones, a saber que hacen los demás con ella,..., porque youtube no tiene los derechos de sus vídeos y realmente para esa compañía es como una picadura en el talón de una mierda de mosquito...pero quién sabe, yo sólo lo dejo ahi (porque yo conozco el plan mundial -jaJAjaJAJAJAJAAA...-).

Esto me recuerda a la lucha por los partidos de liga hace algunos años, donde no dejaban a las cadenas entrar ni siquiera para hacer sus resúmenes (¿en esas ocasiones no era Telecinco quien se quedaba fuera y se está vengando?), ¿no era injusto eso y lo es también esto ahora?

Si esto tuviera repercusión pondría alguna campaña de ataque a programas de Telecinco...pero aún no se me ha ocurrido nada...si se os ocurre, ya sabéis, si no, también sabéis.

viernes, 5 de septiembre de 2008

Canadienses en el frigorífico


Eso es lo que pasa por pedirme que marque los huevos de la docena antigua cuando llega una nueva docena dominante a la nevera...qué matanza.

PD: me acabo de dar cuenta de que, con eso de que Google es el amo y señor de todo lo visible y lo invisible (más de lo invisible), ahora las imágenes se cargan en picassa...así que ahora todo es un pequeño-gran monopolio, con muchos nombre dtos...que nos hacen la vida más fácil (supongo...viva el openID).

miércoles, 3 de septiembre de 2008

El cadaver de Lenin

Mientras que estaba mirando a las musarañas (y tras haber salvado a una pequeña salamanquesa de ser comida por la mantis religiosa que vive con nosotros) me he puesto a pensar en bienes inmuebles y me han surgido las siguientes dudas:

  • ¿Un cadaver es un bien inmueble o mueble?
  • Si heredas de tu tía abuela millonaria todos sus bienes...¿eso incluye el cadáver de la queridísima (una vez traspasada la herencia) difunta?
  • ¿Si eres propietario del cadáver puedes tirarlo a una cuneta?(Y de ahí deduzco que no porque te denunciarían por tirar desechos a la vía pública sin consentimiento, con los máximos respetos por llamar desecho a tu tía)
  • ¿Si eres propietario del cadáver ¿puedes tirarlo a doscientos kilómetros de la costa?(por eso de que son aguas internacionales y ahí no te dirá nadie que esta contaminando las aguas con tu tía abuela)
  • Imaginémosnos el caso de una pobre viuda que pretende disecar a su difunto y ponerlo en su sillón favorito con las pantuflas y la pipa en la boca, aparte de ser una muestra de mal gusto ¿es posible hacerlo?
  • Y si la viuda da la casualidad que en su momento fue esa millonaria tía abuela de unas líneas más arriba, cuando muera heredarás también a tu tío abuelo?
  • Supongamos por reducción al absurdo (más aún) que el cadáver no es realmaente propiedad tuya y que con la herencia sólo asumes las costas de las alternativas actuales dispuestas para los difuntos (quemar o enterrar, vamos), entonces ¿qué pasa con los cadáveres expuestos? (como el de Lenin, los de la exposición de bodies o las miles de momias conservadas en el Louvre por ejemplo)
  • Bueno otra alternativa es donar tu cuerpo a la ciencia (como hicieron los chinos de bodies...o les obligaron a hacer), una vez que los alumnos de medicina y enfermería te han abierto las suficientes veces...¿es el estado el que te da un entierro decente o te incinera o lo que sobra se tira a la basura?
  • Entonces ¿si lo hace el estado también lo puedes hacer tú con tu tía abuela? (total, es carne) o ¿puedes exponerla en el pasillo como a Lenin?
  • ¿Tener cadáveres en casa desgrava?


Muchas dudas me han asaltado y no tengo respuesta para casi ninguna...veré que puedo hacer






Recopilación de frases-respuesta:

  1. Solo el hombre es protagonista y destinatario del derecho, por ello no se puede pretender conceder la personalidad a los animales y los muertos.
  2. (Del tratado de derecho civil, apdo.782 en referencia al artículo 146 del Código Civil) Toda persona tiene derecho a disponer de su cadáver o partes de él con objeto de que sea investigado para docencia universitaria, investigaciones científicas, para la elaboración de productos terapéuticos o para la realización de injertos. [Entonces es posible ceder mi grasa -mucha- para hacer jabón medicinal]
  3. (Del mismo tratado)Derecho de los herederos sobre el cadáver sobre el cadáver de su causante se distinguen dos situaciones:
    1. El causante contrajo en vida relaciones patrimoniales sobre el cadáver: los herederos perciben el beneficio (es decir, si vende el cadáver se le paga a los herederos) [...] se podrá destinar el cadáver a cualquier fin que no altere la moral ni el orden público (¿eso no es demasiado subjetivo?).
    2. Si el difunto no había contraido en vidad ninguna relación patrimonial con respecto a su cadaver los herederos no serán los propietarios del mismo, es decir no tendrán ningún derecho patrimonial sobre el mismo, quedando el cadáver sometido a las reglas generales de orden público sobre la política de cementerios (ohhhhh).
  4. Del Código Sanitario, libro octavo: "Sólo en cementerios legalmente autorizados podrá efectuarse la inhumación de cadáveres o restos humanos." (¿y si no lo inhumas?) [...] "Sin embargo, el Director General de Salud podrá autorizar la inhumación temporal o perpetua de cadáveres en lugares que no sean cementerios, en las condiciones que establezca en cada caso..." (así que puedes enterrar a tu tía en el jardín si eres amigo del Director General)[...] "Ningún cadáver podrá permanecer insepulto por más de cuarenta y ocho horas, a menos que el Servicio Nacional de Salud lo autorice, o cuando haya sido embalsamado o se requiera practicar alguna investigación de carácter científico o judicial..." (así que se puede quedar el tío abuelo un rato en el sillón si está embalsamado...La obligación de dar sepultura a un cadáver recaerá sobre el cónyuge sobreviviente o sobre el pariente más próximo que estuviere en condición de sufragar los gastos..." (qué asquito).